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18.2.07

Empresa offshore en Uruguay

Escribe Polak Consult sus razones relativas a "Porqué constituir Sociedades Offshore" en http://www.polakconsult.com/espanol/articulos/constituir_soff.htm. Mantiene que el lugar ideal para Latinoamerica es Uruguay. Imaginamos que los panameños no opinaran lo mismo. Debido a que la legislación uruguaya sobre empresas offshore va cambiando regularmente, se aconseja asesoramiento para ver si estas soluciones y razonamientos son todavía vigentes en el momento que usted lea esta entrada:

"Cuanto mayor sea la carga tributaria existente en ciertos países, mayor es el interés de las empresas y de las personas físicas en realizar inversiones en el exterior, atraídos por innumerables factores, tales como: monedas fuertes, estabilidad económica y política, exoneraciones fiscales e impuestos reducidos sobre las rentas, agregando: seguridad, secreto y privacidad en los negocios, libertad de cambio, economía de costos administrativos y eventual acceso a determinados tipos de financiamiento internacional, a tasas de interés bajos.
Esas zonas privilegiadas existen en varias partes del mundo y algunos entusiastas llegan a hablar de ellas como "tax havens" o "paraísos fiscales". Para esas sociedades comerciales constituidas en esas "zonas libres" se convino en dar el nombre inglés de "compañías offshore ". Offshore se le llama a la sociedad que está fuera de las fronteras de un país.

Así, una "sociedad offshore " es una entidad situada en el exterior, sujeta a un régimen legal diferente, "extraterritorial" en relación al país de domicilio de sus asociados. Pero la expresión es aplicada más especificamente a sociedades constituidas en los "paraísos fiscales", donde gozan de privilegios tributarios (impuestos reducidos o hasta mismo exoneración de impuestos). Y eso sólo se tornó posible cuando algunos países adoptaron la política de exoneración tributaria, para atraer inversiones y capitales extranjeros. En América Latina, Uruguay es un ejemplo típico de esa política fiscal.

En el Uruguay son conocidas las "SAFI", prontas para ser compradas y con beneficios fiscales, siempre que sólo realicen negocios en el exterior.

Las personas físicas de alta renta constituyen frecuentemente empresas holdings, personales o familiares, para administrar inversiones realizadas. Esos holdings personales proporcionan sigilo, privacidad y seguridad, que no disfrutarían en el país de origen y muchas veces permiten aún economizar impuestos de renta, dependiendo del lugar donde son pagos los beneficios. En los pagos de dividendos, la reducción del nivel de impuestos retenidos en la fuente puede ser obtenida por la utilización de una Sociedad constituida en una zona o país de impuesto nulo.

Los holdings o Sociedades offshore son muy utilizados para adquirir y vender patrimonio personal, hacer inversiones financieras y otros negocios particulares, además de permitir la transmisión de herencias sin los costos, discusiones y demoras inherentes a un inventario.

FUNDACIONES FAMILIARES

En este caso, el patrimonio del fundador o de los fundadores es transferido para una fundación, nombrándose administradores de la misma, que operan en el exterior, con instrucciones específicas para tomar ciertas providencias, en la hipótesis de fallecimientos o divorcios, en lo relacionado a la transmisión de ese patrimonio. Alguien transfiere sus bienes a otra persona, para que este los administre y los transmita a determinados beneficiarios.

Las rentas personales y/o familiares, las participaciones en la sociedad y mismo los bienes inmuebles, en caso de fallecimiento del fundador de la entidad serán distribuidos apenas a los beneficiarios escogidos por el mismo. Ello también puede ser realizado simplemente mediante la transferencia de cuotas sociales que representan al patrimonio transmitido, cuando entonces no incidieran ciertos impuestos sobre la herencia y la transmisión inmobiliaria. También se puede preservar los intereses de los herederos menores, mediante cláusulas de inalienabilidad, hasta que el beneficiario sea mayor y legalmente capaz. Todo ello sin gastos de testamentos, inventarios y partidas que exigen largas demandas judiciales.

SOCIEDADES DE SERVICIOS PERSONALES

Las personas físicas dedicadas al suministro de servicios profesionales de ingeniería, transportes aéreos, informática, filmes e industrias de entretenimiento pueden conseguir considerables beneficios de economía fiscal a través de la constitución de sociedades prestadoras de servicios, con sede en otra jurisdicción tributaria.

La compañía offshore puede contratar los servicios de un profesional fuera del país en el cual él normalmente reside y los honorarios obtenidos pueden ser pagos y acumulados en el exterior, libres de impuestos. Pero el ingreso de los beneficios para otro país, por ejemplo Brasil o Chile, podrá suscitar un problema de origen de las rentas ingresados, con posibles repercusiones fiscales, a ser examinadas caso por caso.

EMPRESAS DE COMERCIO INTERNACIONAL (TRADING COMPANIES)

Es la utilidad más común de una empresa constituida en una zona de impuestos nulos o reducidos en el comercio internacional. Importantes oportunidades de economizar impuestos pueden ser obtenidas por medio de una empresa offshore que realiza transacciones de importación y/o exportación. Si un grupo de empresarios ubicado en el territorio A controla una sociedad offshore en el territorio B, podrá, por ejemplo, exportar mercaderías para su subsidiaria en el exterior, a bajos precios. Así, la sociedad offshore, en el territorio B, será contratada para funcionar como una distribuidora comercial del grupo y podrá re-exportar las mismas mercaderías para otros países acumulando lucros exentos de impuestos, resultantes de la diferencia entre precio de compra y precio de reventa. En muchos casos, los productos no necesitan ser fisicamente recibidos por la empresa offshore, y pueden ser embarcados directamente para el comprador final. La sociedad offshore pagará la factura para el vendedor y el comprador final pagará otra factura mayor, contra él emitida por la empresa offshore.

También se puede utilizar una entidad offshore para importar materias primas o productos al mayoreo, a precios más favorables, directamente junto a grandes abastecedores. Por ejemplo: un grupo de empresas del mismo ramo, se asocian para fundar una sociedad offshore y se encargan de comprar en el mercado internacional materias primas en cantidades significativas, para beneficiarse de economías de escala y de costos administrativos reducidos. Los productos serán revendidos para las empresas asociadas, con pequeño margen de lucro, que servirá para capitalizar la firma en el exterior y permitir la continuidad de los negocios. Desde el punto de vista fiscal, tal sistema puede ser más eficiente que una asociación de empresas en el país de origen.

INVERSIONES INTERNACIONALES

Las empresas e individuos en general hacen uso de compañías offshore como instrumento para mantener y administrar sus carteras de inversiones, realizando aplicaciones en acciones, Eurobonos, títulos del gobierno, depósitos en dinero y una amplia variedad de otros productos financieros. Depósitos bancarios mantenidos por compañías offshore pueden propiciar rendimientos más rentables, muchas veces sin retención de impuestos en la fuente, o pueden ser aplicados en fondos de inversión colectivos (portafolios).

La empresa offshore que pueda ofrecer garantías (por ejemplo: de sus créditos de exportaciones ), eventualmente tendrá acceso a financiamientos bancarios en el exterior, a tasa de interés y condiciones mas favorables de los que obtendría su empresa controladora ubicada en un país como el Brasil o Argentina que están considerados de alto riesgo.


REQUISITOS PARA UNA SOCIEDAD OFFSHORE

Para constituir una empresa offshore, es preciso establecer previamente sus objetivos y los requisitos legales exigidos para su constitución.

La elección del país donde será constituida la sociedad dependerá de disposiciones legales vigentes en el mismo, debiéndose averiguar, entre otros, los siguientes factores:

Protección al secreto y privacidad de los negocios

Legislación tributaria, previendo la incidencia nula o reducida de los impuestos sobre las ganancias y sobre las operaciones de compra e venta de mercaderías.

Libertad en el mercado de cambios, sin restricciones a la compraventa y a la transferencia de divisas para cualquier otro país.

Legislación bancaria, permitiendo depósitos en monedas fuertes.

Legislación sobre sociedades, abarcando estudios sobre:

el valor del capital mínimo autorizado e integrado

cual es el número de administradores exigido y posibilidad de permitir directores residentes fuera del país.

viabilidad de emitir acciones al portador, esto es: transmisibles por simple entrega, sin exigencia de identificación del propietario ni de transferencia formal por documento escrito.

limites de las responsabilidades de los socios o accionistas

Para el empresario sudamericano, el más atractivo "Paraíso Fiscal" sin duda es el Uruguay, pues ofrece los beneficios fiscales y financieros.

Las operaciones financieras de las Sociedades OFFSHORE son efectuadas en divisas o monedas fuertes (U.S. Dólar, Euro, Libras, etc.)."







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